Convenio de transporte de mercancías y logística de Tarragona: tablas de 2026
El convenio provincial, código 43001325011994, tiene vigencia 2024–2027. El texto se publicó en el BOPT de 20/02/2025, CVE 2025-01285. La revisión de 16/03/2026, CVE 2026-02027, fija las tablas de 2026 con efectos desde el 1 de enero. El incremento del 3,5 % ya está incorporado en los importes: no se aplica otra vez.
Comprueba la actividad de la empresa, el centro de trabajo, la categoría y los ámbitos del convenio. El domicilio particular del conductor no basta para decidir el convenio aplicable.
Salario base, plus convenio y plus transporte
| Categoría | Base mensual | Plus convenio | Plus transporte | Suma de tabla | Hora extra |
|---|---|---|---|---|---|
| Conductor | 987,98 € | 527,68 € | 99,50 € | 1.615,16 € | 13,64 € |
| Conductor mecánico | 1.013,58 € | 541,90 € | 99,50 € | 1.654,98 € | 13,98 € |
| Conductor de motocicleta y furgoneta | 962,36 € | 513,96 € | 99,50 € | 1.575,82 € | 13,31 € |
La suma no es el salario base ni el neto. Mantiene separados los tres conceptos y no decide el tratamiento fiscal o de cotización del plus transporte. Antigüedad, pagas y complementos pueden modificar el resultado; las dietas se muestran aparte.
Antigüedad: desde el mes siguiente
El artículo 22 fija un 5 % de la base a los dos años; 10 % a los cuatro; 20 % a los nueve; 30 % a los catorce y 40 % a los diecinueve o más años. Se devenga desde el primer día del mes siguiente al vencimiento. La diferencia personal conservada conforme al régimen de 2017 se abona separada como antigüedad consolidada, se incrementa como la base y no se compensa ni absorbe. La herramienta pide el tramo aplicable y esa diferencia reconocida, sin duplicarlos.
Nocturnidad: fórmula del convenio
El artículo 26 establece el complemento por cada hora entre 22:00 y 06:00 con esta fórmula: [(base mensual + antigüedad + plus convenio) × 15 / 1.776] × 25 %. No incluye el plus transporte. El formulario aplica la fórmula a las horas nocturnas abonables y exige comprobar el derecho y la ausencia de duplicidad. La jornada anual de 1.776 horas procede del artículo 16; no se sustituye por un divisor mensual supuesto.
Peligrosidad, penosidad y toxicidad
Para conductores con cargas legalmente clasificadas, el artículo 23 establece peligrosidad del 13 %, penosidad del 13 % y toxicidad del 6 %, sobre base, plus convenio y antigüedad. No pueden percibirse más de dos conjuntamente. El formulario permite una modalidad y una fracción del período ya contrastadas. Si cada plus tiene períodos distintos, hace falta revisión individual. El complemento del personal que manipula mercancías peligrosas excluye expresamente a conductores: no se suma como otro ADR automático.
Pagas, extras y festivos
El artículo 30 prevé tres pagas de marzo, junio y diciembre, de treinta días de base más antigüedad o complemento de vinculación, plus convenio y plus transporte. El formulario permite pagas íntegras ya devengadas con referencia contrastada. Una prorrata o cuantía distinta se introduce como importe verificado y no se mezcla con pagas automáticas.
Las extras diurnas no festivas utilizan la tarifa de tabla, sin bajar de la hora ordinaria individual comprobada. Las compensadas con descanso no se suman. Los festivos y descansos requieren un importe adicional ya contrastado: el artículo 28 remite a la normativa aplicable y fija un mínimo de cuatro horas para el servicio en la fiesta semanal. El artículo 29 actual remite a ese régimen para las noches del 24 y 31 de diciembre; no se aplica automáticamente el antiguo recargo del 150 %. La presencia también exige cuantía y condiciones comprobadas.
Dietas de 2026
La revisión oficial fija dieta nacional completa de 48,17 €: desayuno 5,16 €, comida 15,67 €, cena 15,67 € y pernoctación 11,67 €. La dieta internacional completa es 82,41 €. El artículo 31 regula horarios, desplazamientos y cruce de frontera. Los excesos abonables requieren justificantes; se introducen por importe contrastado. No se duplican dietas completas y componentes del mismo servicio.
Calculadora disponible y alcance
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Cálculo parcial para las tres categorías indicadas, jornada completa y mes completo de 2026. No incluye extras nocturnas o festivas automáticas, cambios de tramo dentro del mes, vacaciones, bajas, atrasos, finiquitos ni todos los acuerdos de empresa. No calcula neto, IRPF ni cotización. Los valores individuales aportados deben estar verificados; el formulario no los certifica.
Fuentes oficiales
- BOPT 20/02/2025: convenio 2024–2027, CVE 2025-01285. Copia oficial consultada mediante el documento de publicación conservado en REGCON.
- BOPT 16/03/2026: revisión y tablas, CVE 2026-02027.
- Historial oficial de REGCON y documento de publicación.
Revisión: 15/10/2026. Estado de todas las provincias · Cómo entender la nómina.