Convenio de transporte de mercancías de Málaga: cálculo parcial de 2026
Consulta para las categorías de conductor, conductor mecánico y conductor repartidor de vehículos ligeros incluidas en el convenio provincial 29001405011982. Se deben comprobar actividad, empresa y centro de trabajo; la residencia del trabajador no determina por sí sola el convenio. Este módulo excluye el régimen específico de asistencia y auxilio en carretera.
Revisión documental: 16/10/2026. Texto 2024–2026 del BOP de Málaga n.º 138 de 21/07/2025; modificación de subrogación del BOP n.º 40 de 27/02/2026; tablas provisionales de 2026 del BOP n.º 41 de 02/03/2026, páginas 5–7. Se ha leído la copia íntegra difundida por FeSMC-UGT y se han inspeccionado visualmente las tablas de 2026. El acceso directo al boletín y al historial REGCON no permitió completar la comprobación actual: se exige confirmar que no haya una revisión posterior aplicable.
Base diaria, asistencia y transporte
| Categoría | Base diaria 2026 | Hora extra de tabla |
|---|---|---|
| Conductor | 39,32 € | 11,79 € |
| Conductor mecánico | 40,68 € | 12,14 € |
| Conductor repartidor de vehículos ligeros | 38,22 € | 11,50 € |
La base diaria se multiplica por días naturales del mes completo. El plus de asistencia, puntualidad y conservación es de 5,65 € por día con derecho, según el artículo 30; deben comprobarse días efectivos e incidencias. El transporte es de 124,61 € mensuales según el artículo 40, que también prevé su abono en vacaciones, aunque estas quedan fuera del cálculo.
La antigüedad está suprimida como generación de nuevos tramos. Se conserva y actualiza la cuantía histórica reconocida, denominada antigüedad consolidada. El formulario solicita su importe individual comprobado.
Tres extras y una paga de septiembre
El artículo 34 establece tres extras, del 1 al 15 de marzo, junio y diciembre: 30 días de la base vigente, más el consolidado que corresponda y 180,62 € de la columna «Solo extras». Se debe comprobar el devengo íntegro. El prorrateo mensual requiere el acuerdo previsto en el convenio y no puede duplicar la misma paga.
La paga del artículo 35 se abona del 1 al 15 de septiembre y tiene cuantía propia: 964,61 € en la tabla provisional de 2026, sin distinción de categoría. Se incorpora separada de la prorrata de las tres extras anteriores y solo con devengo íntegro comprobado; un abono ya prorrateado no se suma otra vez.
Horas y complementos individuales
La jornada anual ordinaria es de 1.765 horas. La tarifa extra del artículo 25 se incrementa por el porcentaje de antigüedad consolidada correspondiente y nunca puede quedar por debajo de la hora ordinaria individual. Por eso se requieren ambos valores contrastados; la tarifa de tabla aislada no acredita todos los derechos del trabajador.
Las extras realizadas en los catorce festivos anuales llevan un incremento del 75 % sobre la extra normal, salvo descanso compensatorio. Se introducen separadas para evitar contarlas dos veces. La presencia se compensa con descanso equivalente o se paga como mínimo a precio ordinario, con clasificación y límites comprobados.
El artículo 36 regula nocturnidad entre las 22:00 y las 06:00 con base y consolidado computables. La conversión al suplemento individual depende de las horas y referencias de cada caso: se introduce el importe contrastado, sin aplicar automáticamente el porcentaje a todo el mes.
Frío, condiciones especiales, grúa y ayudas se incluyen solo por importe individual verificado. Como referencias de tabla: frío 144,12 € y grúa autocargante 57,01 €, sujetos a los requisitos de los artículos 33 y 37. No deben confundirse con derechos automáticos por conducir un camión.
Dietas de 2026
| Concepto | Provincial | Nacional | Internacional |
|---|---|---|---|
| Completa publicada | 40,38 € | 47,95 € | 79,75 € |
| Desayuno | 4,04 € | 4,04 € | Importe contrastado |
| Comida | 11,37 € | 14,25 € | Importe contrastado |
| Cena | 11,37 € | 14,25 € | Importe contrastado |
| Cama | 13,59 € | 15,40 € | Importe contrastado |
El artículo 39 exige comprobar el desplazamiento fuera del municipio del centro y de la localidad del domicilio, además de franjas horarias y gastos. El desayuno contempla salida antes de las 07:00; comida y cena tienen condiciones y excepciones de jornada continua que deben revisarse. La pernocta requiere comprobar la estancia y los supuestos del artículo. Las completas se toman de su propia fila; las sumas parciales pueden diferir por redondeo. No dupliques completas, parciales y gastos cubiertos.
Garantías, revisión y fuentes
El artículo 28 contempla un mínimo anual de conceptos salariales que no se liquida con una suma aislada del mes. La resolución también recuerda los mínimos legales. El formulario requiere comprobar garantías mensuales y anuales e introducir el complemento salarial que corresponda. El resultado parcial no verifica automáticamente SMI, cotizaciones, IRPF ni salario neto.
La tabla de 2026 se publica provisional con subida del 3 % sobre las definitivas de 2025. El artículo 29 prevé revisión al cierre de 2026 si procede: no se anticipa el IPC de diciembre ni se calculan futuros atrasos. También quedan fuera meses parciales, bajas, vacaciones, finiquito y el régimen especial de auxilio en carretera. La modificación de febrero de 2026 añade el artículo 54 bis sobre subrogación de servicios públicos; no sustituye las tablas salariales de marzo.
Copia íntegra del convenio y actualizaciones difundida por FeSMC-UGT · Boletín Oficial de la Provincia de Málaga · Historial oficial REGCON. Referencias de documento: 20250721-02544-2025, 20260227-00631-2026 y 20260302-00650-2026.
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