Convenio transporte Guadalajara 2026: salarios y calculadora

Convenio de transporte de mercancías por carretera de Guadalajara en 2026

Ficha de trabajo para conductores adscritos a centros de Guadalajara. La provincia del domicilio personal no determina por sí sola el convenio: deben comprobarse la actividad y el centro de trabajo.

Verificación documental: Guadalajara

Última comprobación documental: 16/10/2026. Código del expediente sectorial consultado: 19000835011997.

Último trámite visible en REGCON: MODIFICACIÓN, 05/02/2026. Vigencia consignada en ese trámite: 01/01/2021 a 31/12/2026. La fecha del trámite y la fecha de publicación del boletín pueden diferir; una denuncia no equivale a una nueva tabla salarial.

Documento o portal oficial localizado para Guadalajara. Su alcance se limita al documento enlazado: no acredita por sí solo que se hayan revisado todas las modificaciones posteriores.

Consultar el historial oficial REGCON.

Tabla modificada de Guadalajara para 2026

El BOP de Guadalajara n.º 24 de 05/02/2026, anuncio 298, publica la modificación de la tabla salarial de 2026. Sustituye los importes del anexo original para este año. El convenio sectorial tiene código 19000835011997 y su duración pactada llega al 31/12/2026.

Importes mensuales de tabla de 2026, antes de antigüedad y otros complementos
CategoríaBasePlus convenioPlus transporteSuma mensual de tabla
Conductor1.088,87 €189,65 €157,54 €1.436,06 €
Conductor mecánico1.088,87 €209,74 €157,54 €1.456,15 €
Conductor repartidor de vehículos ligeros1.088,87 €189,65 €157,54 €1.436,06 €

Estas sumas incluyen el plus transporte identificado; no son salario neto, salario base ni una nómina completa. Su tratamiento salarial o compensatorio debe contrastarse en el caso individual. No deben compararse con una nómina que incorpore antigüedad, extras, nocturnidad o dietas sin separar los conceptos.

Dietas y nocturnidad: utilizar la modificación

La nueva tabla publica dieta completa nacional de 46,20 €, internacional de 65,21 € y nocturnidad de 54,44 € mensuales. No se utilizan los anteriores 45,76 €, 64,60 € y 26,84 €. El artículo 33 regula un plus nocturno mensual cuando se trabaja total o parcialmente entre las 22:00 y las 06:00: no es una tarifa de 54,44 € por hora. Las dietas requieren desplazamiento y derecho acreditados; los gastos cubiertos por la empresa no se duplican. El régimen de desplazamientos de larga duración requiere revisión específica.

Pagas, antigüedad y jornada

El artículo 34 establece tres pagas extraordinarias de salario base más antigüedad: beneficios el 15 de marzo, julio el 15 de julio y Navidad el 15 de diciembre. Su devengo se comprueba individualmente. El prorrateo de las tres exige acuerdo con la empresa según ese artículo; plus convenio y transporte no se añaden automáticamente a la base de las pagas.

El artículo 32 contempla el 10 % de antigüedad al cumplir cinco años, 15 % a los siete, 25 % a los doce y 30 % a los catorce, con devengo desde el primer día del mes siguiente al vencimiento. Hay derechos consolidados anteriores a junio de 2004 que impiden aplicar un porcentaje genérico a todos los trabajadores. La base individual que corresponda y los derechos anteriores deben contrastarse.

El artículo 24 fija 1.800 horas anuales de trabajo efectivo. El artículo 28 prevé compensar las extras a 1,1 veces el valor de la hora ordinaria, en dinero o descanso según acuerdo. No se vuelve a pagar como extra la hora ya compensada con descanso. La tarifa ordinaria individual exige revisar los conceptos computables; no se obtiene dividiendo únicamente la base mensual.

Redondeos y alcance de la herramienta

La tabla publica para conductor mecánico 20.740,45 € anuales; multiplicar sus importes mensuales ya redondeados y las tres extras de base produce 20.740,41 €. Se conserva esta diferencia de cuatro céntimos como incidencia documental y no se altera ninguna cifra oficial para forzar la coincidencia. La calculadora preparada suma conceptos del mes y no certifica la anualidad impresa.

Estado de la calculadora de Guadalajara

Cálculo acotado incorporado a la calculadora pública el 16/10/2026. La calculadora publicada dispone de 24 provincias. El módulo contempla meses completos de 2026 a jornada completa, tres categorías, antigüedad reconocida, pagas, nocturnidad y dietas completas. Presencia, hora ordinaria y otros conceptos exigen datos individuales contrastados. No calcula neto, atrasos, vacaciones, bajas, meses parciales ni finiquito.

Revisión documental: 16/10/2026. Se han leído el convenio publicado en 2024 y la modificación salarial de febrero de 2026. La consulta directa actual de REGCON devolvió una página de acceso sin historial utilizable; esta revisión no acredita ausencia absoluta de acuerdos posteriores.

BOP oficial n.º 24 de 05/02/2026, páginas 4–6: modificación y tablas de 2026. El texto del convenio de 17/04/2024 está enlazado arriba.

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