Convenio transporte Lugo 2026: salarios diarios, antigüedad y dietas

Convenio de transporte de mercancías por carretera de Lugo en 2026

Ficha de trabajo para conductores adscritos a centros de Lugo. La provincia del domicilio personal no determina por sí sola el convenio: deben comprobarse la actividad y el centro de trabajo.

Verificación documental: Lugo

Última comprobación: 14/10/2026. Código del expediente sectorial consultado: 27000505011982.

Último trámite visible en REGCON: CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO), 06/03/2026. Vigencia consignada en ese trámite: 01/01/2023 a 31/12/2028. La fecha del trámite y la fecha de publicación del boletín pueden diferir; una denuncia no equivale a una nueva tabla salarial.

Tabla salarial 2026: conservar la unidad diaria

El BOP Lugo n.º 53 de 06/03/2026 publica, en su tabla con efectos del 01/01/2026 al 31/12/2026, salario base de conductor de 40,64 € al día y de conductor mecánico de 41,69 € al día. El plus convenio es de 151,84 € mensuales. Las retribuciones anuales que figuran en el anexo son 20.313,28 € y 20.791,03 €, respectivamente.

La base es diaria: el cálculo respeta los días naturales del mes y las pagas del convenio. Las secciones de mudanzas y grúas tienen categorías o importes propios y quedan fuera de la calculadora aquí habilitada. Los valores individuales de extras, presencia y nocturnidad requieren comprobación previa.

Documento o portal oficial localizado para Lugo. Su alcance se limita al documento enlazado: no acredita por sí solo que se hayan revisado todas las modificaciones posteriores.

Consultar el historial oficial REGCON.

Jornada, antigüedad y pagas extraordinarias

El artículo 9 fija 1.816 horas anuales de trabajo efectivo, con las normas específicas de jornada y descanso del personal móvil. La antigüedad del artículo 17 establece importes mensuales por tramo: 2 años, 9,02 €; 4 años, 18,03 €; 9 años, 36,06 €; 14 años, 54,09 €; 19 años, 72,12 €; 24 años, 90,15 €; y 29 años, 108,18 €. Son importes del tramo, no cantidades que deban acumularse entre sí, y se respetan los derechos adquiridos.

El artículo 18 regula tres pagas extraordinarias: julio, Navidad y beneficios en marzo. Cada una comprende 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio mensual no se incorpora automáticamente a estas pagas. El devengo de julio va del 1 de julio al 30 de junio; Navidad y beneficios siguen el año natural.

Nocturnidad y trabajo en festivos: fechas distintas

El nuevo complemento de nocturnidad del artículo 23 empieza el mes siguiente a la publicación: abril de 2026. Consiste en un recargo del 10 % sobre la hora ordinaria para quien cumpla la condición de trabajador nocturno: al menos tres horas habituales de jornada diaria o un tercio de la jornada anual entre las 22:00 y las 06:00. No se aplica retroactivamente a enero por el mero hecho de que la tabla salarial sí tenga esos efectos. Deben revisarse las reglas de compensación y absorción del artículo.

El artículo 13 permite, bajo sus condiciones y de mutuo acuerdo, descanso de día y medio por festivo completo dentro del mes siguiente o un plus de 67,17 € por festivo trabajado en 2026. No deben sumarse ambas alternativas.

Dietas de Lugo en 2026

El artículo 24 establece desde la publicación del convenio: 61,00 € para España y Portugal, 75,00 € para el resto de Europa y 52,00 € por destacamento, este último desde una permanencia mínima de 15 días en la misma plaza. La comida parcial tiene una cuantía de 13,25 € y exige las condiciones de desplazamiento y horario del artículo. No se divide la dieta completa en porcentajes tomados de otra provincia.

Retroactividad y prima extraordinaria

La tabla salarial de 2026 tiene efectos desde el 1 de enero. Las actualizaciones de 2023, 2024 y 2025 sirven de base y no generan por sí solas atrasos de esos años. El artículo 14 contempla una prima no consolidable de 400 € brutos, con requisitos de antigüedad, jornada y comparación salarial de 2025, reducción proporcional cuando proceda y pago único: no es un plus mensual general. El artículo 15 fija el plazo de los atrasos en tres meses desde la publicación.

Fuente comprobada: BOP Lugo n.º 53, publicado el 06/03/2026, convenio 2023–2028, artículos 9 y 12–24 y anexo salarial 2026. Última comprobación: 14/10/2026.

Calculadora de Lugo: alcance y fechas

Abrir la calculadora de Lugo. Disponible para conductor y conductor mecánico de la sección de transportes de mercancías por carretera, mes completo de 2026 a jornada completa. No cubre mudanzas, grúas, otras categorías o secciones, vacaciones, bajas, meses parciales, atrasos ni finiquitos.

Aplica la base diaria por días naturales reales, plus convenio mensual de 151,84 €, antigüedad reconocida por tramo o importe personal superior y pagas completas de treinta días de base más antigüedad, sin plus convenio. Debe comprobarse el devengo anual: julio de julio a junio; Navidad y beneficios por año natural. Prorratas y pagas parciales requieren revisión individual.

Los salarios de 2026 tienen efectos desde enero. Las nuevas dietas se publican el 6 de marzo: por prudencia temporal, la herramienta automatiza sus unidades desde abril; enero–marzo, destacamentos y situaciones especiales se incorporan por un importe previamente verificado que respete las fechas de cada servicio. No se aplica retroactivamente a todo el primer trimestre una dieta nueva.

El formulario bloquea el nuevo complemento nocturno del artículo 23 antes de abril de 2026. Su importe requiere comprobar la condición de trabajador nocturno, el 10 % de recargo sobre hora ordinaria, compensación o absorción y acuerdos aplicables; no se impone un divisor automático. Un derecho personal nocturno anterior se identifica como modalidad distinta y también se introduce por importe contrastado.

Las extras y presencia requieren importes previamente verificados y sin duplicidades. El plus de 67,17 € por festivo completo exige las condiciones y mutuo acuerdo del artículo 13 y no se suma al descanso alternativo de día y medio. La prima extraordinaria condicionada de 400 € y demás complementos individuales no se añaden como pluses mensuales generales. El resultado separa salario y dietas; no calcula neto y no certifica los valores individuales introducidos.

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