Convenio transporte Palencia 2026: salarios y dietas por período

Convenio de transporte de mercancías por carretera de Palencia en 2026

Ficha de trabajo para conductores adscritos a centros de Palencia. La provincia del domicilio personal no determina por sí sola el convenio: deben comprobarse la actividad y el centro de trabajo.

Salarios de conductor y conductor mecánico en 2026

El BOP de Palencia n.º 106 de 4/09/2026 publica el convenio 2026–2028. Sus tablas figuran en las páginas 18 y 19 del boletín. Debe elegirse el sector y la categoría correctos: no se confunde conductor de plaza de agencias con conductor del sector de mercancías.

Categoría de mercancías por carreteraSalario mensual de tabla 2026
Conductor1.256,70 €
Conductor mecánico1.281,66 €
Conductor portavehículos1.392,00 €
Conductor de motocicleta y furgoneta1.256,70 €
Conductor de segunda1.139,60 €

Son salarios de tabla y no una nómina neta ni un total con todos los complementos. Las disposiciones finales contienen requisitos de experiencia para las categorías de conducción y reglas de clasificación de portavehículos.

Jornada y horas extra: dos períodos en 2026

El artículo 9 fija cuarenta horas semanales de trabajo efectivo y un cómputo anual de 1.792 horas, distinguiendo trabajo efectivo y presencia. El calendario y la distribución se fijan conforme al convenio.

ConceptoHasta 30/06/2026Desde 01/07/2026
Hora extraordinaria ordinaria10,61 €11,20 €
Hora extra en sábado, domingo, festivo o descanso, según artículo 1012,73 €13,20 €
Dieta nacional del artículo 1741,20 €/día45,00 €/día
Dieta internacional del artículo 1749,44 €/día53,00 €/día

El artículo 10 permite acuerdos de centro sobre horas extra y define el régimen subsidiario en su ausencia. No se recalcula la tarifa de festivo aplicando un porcentaje inventado: se utiliza el importe del período que corresponda. Los servicios de distintos semestres deben liquidarse por separado.

Dietas, Portugal y pensión completa

El artículo 17 excluye de la dieta internacional los desplazamientos dentro de España y Portugal y considera internacional Marruecos. Para servicio discrecional regula la media dieta al 50 % y la compensación del 50 % de dieta completa en el supuesto de pensión completa a cargo de la empresa que describe. Debe comprobarse la modalidad de servicio antes de aplicar una cuantía.

Antigüedad, pagas y bolsa de vacaciones

La antigüedad se consolida según las cantidades individualmente adquiridas a 31/12/1996 (artículo 16). No se generan tramos nuevos mediante una fórmula por años trabajados.

Hay tres gratificaciones: beneficios, verano y Navidad, del salario mensual más antigüedad consolidada. Sus devengos son, respectivamente, del 1 de abril al 31 de marzo, del 1 de julio al 30 de junio y del 1 de diciembre al 30 de noviembre, con abono antes del 1 de abril, del 15 de julio y del 22 de diciembre. Julio y beneficios pueden prorratearse previo acuerdo; no se presume la misma autorización para Navidad (artículo 14).

La bolsa de vacaciones de la tabla 2026 es de 50,36 €, abonable en septiembre conforme al artículo 15. No se repite cada mes como si fuera un plus mensual.

Nocturnidad, peligrosidad y otros pluses

Salvo pacto aplicable, nocturnidad, penosidad y peligrosidad se fijan en el 15 % del salario base; la penosidad en lavaderos es del 10 %. La nocturnidad se devenga por hora o fracción entre las 22:00 y las 06:00. La peligrosidad exige la actividad principal de transporte o manipulación de mercancías peligrosas; no basta con disponer del permiso.

El anexo 2026 recoge 130,63 € para conducción de vehículos nuevos y 82,75 € para manipulación de mercancías sin muelle, con los destinatarios y condiciones del artículo 18. El segundo no se aplica a conductores. La conversión horaria nocturna y los importes de presencia requieren comprobar la base y tarifa correspondientes antes de automatizar.

Atrasos y actualización

Las disposiciones finales fijan el pago de atrasos como máximo en el mes siguiente al de publicación y contemplan las diferencias de contratos extinguidos antes de la publicación. No confundir esa fecha con los efectos de cada tarifa o con la fecha de firma.

Verificación documental: Palencia

Última comprobación: 14/10/2026. Código del expediente sectorial consultado: 34000375011981.

Último trámite visible en REGCON: CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO), 04/09/2026. Vigencia consignada en ese trámite: 01/01/2026 a 31/12/2028. La fecha del trámite y la fecha de publicación del boletín pueden diferir; una denuncia no equivale a una nueva tabla salarial.

Documento o portal oficial localizado para Palencia. Su alcance se limita al documento enlazado: no acredita por sí solo que se hayan revisado todas las modificaciones posteriores.

Consultar el historial oficial REGCON.

Calculadora de Palencia: alcance y límites

Abrir la calculadora de Palencia. Disponible para conductor y conductor mecánico del sector de mercancías por carretera, mes completo de 2026 y jornada completa. No cubre agencias de transporte, otras categorías, vacaciones, bajas, meses parciales, atrasos ni finiquitos.

Selecciona el mes del servicio: las tarifas de extras y dietas cambian desde julio. La antigüedad se introduce por importe consolidado reconocido, sin generar nuevos tramos. Beneficios, verano y Navidad tienen campos separados; solo beneficios y verano admiten la prorrata automatizada previo acuerdo. Debe comprobarse el devengo anual. La bolsa de 50,36 € se añade exclusivamente en septiembre y tras confirmar que corresponde abonarla.

Para extras, la herramienta exige el valor individual de hora ordinaria previamente verificado y la revisión de las horas abonables. Sin acuerdo de centro usa la mayor entre la tarifa subsidiaria del período y la hora ordinaria aportada; con acuerdo exige las tarifas contrastadas de dicho acuerdo, no inferiores a esa hora ordinaria. No incluye extras nocturnas ni certifica los valores individuales o el acuerdo aplicable.

Las dietas nacionales de servicio regular y las internacionales completas usan las cuantías del semestre. España y Portugal no generan dieta internacional; Marruecos sí. Las dietas discrecionales, medias dietas, pensión completa a cargo de la empresa y diferencias superiores requieren un importe individual verificado y sin duplicar los servicios. La nocturnidad, presencia y demás complementos se incorporan por importe contrastado; su cálculo completo y su incidencia en pagas u horas requieren revisión individual. El resultado separa salario y dietas y no calcula salario neto.

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